El pasado 30 de septiembre se aprobó el Real Decreto 764/2026, una normativa que reorganiza por completo el Registro de Producción y Gestión de Residuos (RPGR) en España.

El objetivo es centralizar y armonizar los datos de todas las comunidades autónomas en una única plataforma estatal para vigilar de cerca la trazabilidad de la basura que generamos. Aunque las administraciones tienen un plazo de 12 meses para adaptar sus sistemas, las empresas ya tienen nuevas tareas pendientes.

¿A qué empresas afecta esta normativa?

• Productor de residuos peligrosos.

• Gestor, transportista, agente o negociante de residuos.

• Plataformas de logística inversa (devoluciones de productos).

Nota: Para los productores de residuos NO peligrosos que generen menos de 1.000 toneladas al año, la inscripción en el registro nacional dependerá de los criterios de su Comunidad Autónoma, aunque se recomienda tener los datos al día.

El gran cambio: Los datos ahora se organizan en 3 niveles

El registro ya no será una lista desorganizada. A partir de ahora, la información de tu empresa se estructurará de forma jerárquica en base a tres conceptos:

  • La Entidad: Tu empresa, identificada por su NIF.
  • El Centro: Cada ubicación física tendrá un Número de Identificación Medioambiental (NIMA) único de 10 dígitos. Además, ahora es obligatorio vincular el código CNAE de la actividad a cada centro.
  • La Inscripción: El rol que tiene ese centro (productor, transportista, etc.).

Las 3 obligaciones clave que debes cumplir desde ya:

Aunque el volcado de datos hacia la plataforma estatal lo hacen las Comunidades Autónomas de oficio, la responsabilidad final de que la información sea correcta es de tu empresa. Debes prestar atención a lo siguiente:

  • Auditoría y revisión de tus datos actuales: acceder al registro medioambiental de tu Comunidad Autónoma y comprobar que toda la información sea correcta.
  • Actualización de tus códigos LER: revisar que en tu registro figuren todos los códigos LER (Lista Europea de Residuos) que produce tu actividad. Si empiezas a generar un residuo nuevo debes notificarlo inmediatamente para que se asocie a tu NIMA. Recuerda que sin el código LER correcto en el registro, no podrás tramitar los traslados ni las notificaciones de residuos.
  • Separación estricta en el origen: si en una misma intervención o mantenimiento generas diferentes tipos de residuos (por ejemplo, una batería vieja y un envase de plástico limpio), deben identificarse, registrarse y almacenarse por separado, asignando a cada uno su LER específico.

¿Qué plazos hay?

Las comunidades autónomas disponen de 12 meses de adaptación para homogeneizar sus bases de datos. Sin embargo, cuando realicen el volcado de información al sistema estatal, este se hará en un plazo máximo de 15 días desde que ocurra cualquier modificación.